Page 42 - MEMORIA AEE 2018
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Los hitos
del año en
España
El laudo arbitral del Caso Eiser contra
el Gobierno de España
La Reforma de la regulación del sistema eléctrico en España y, en especial, el cam-
bio en el marco regulatorio para las energías renovables ha provocado, desde 2013,
la presentación de una gran cantidad de recursos judiciales tanto en el Tribunal
Supremo, como en instituciones dedicadas a arbitrajes internacionales bajo la
cobertura de la Carta Europea de la Energía.
Mientras que, a nivel nacional, el Tribunal Supremo, ha dado la razón al Gobierno
en todas sus sentencias, en los arbitrajes internacionales no ha sido así. En mayo
de 2017, se hacía público el laudo del Caso Eiser. En él, se sentenciaba al Reino
de España a pagar a la empresa demandante una compensación por los cambios
regulatorios llevados a cabo por la Reforma.
Los puntos más destacables del Laudo fueron:
Z Se condena al Reino de España a compensar a los demandantes con 128M€
más los intereses acumulados hasta el Laudo y los intereses de demora a par-
tir del mismo.
Z Aunque cada caso de arbitraje es diferente y no existe la obligación de tener
en cuenta arbitrajes anteriores, hay determinados aspectos que llevan a pen-
sar que futuros arbitrajes en contra de la Reforma Eléctrica se resuelvan de
manera similar.
Z El Tribunal llega a la conclusión de que España ha violado el Artículo 10 del
Tratado sobre la Carta de la Energía.
Z El Tribunal toma nota de las sentencias del Tribunal Supremo Español y el
Laudo del Caso Charanne presentados por el Estado español, pero no estima
que las tenga que tener en cuenta para fallar en este caso.
La Comisión Europea, en este y otros arbitrajes, ha dejado claro que no está de
acuerdo en que se diriman problemas de inversiones en energía entre países
de la UE, a través del Tratado de la Carta de la Energía, y está trabajando acti-
vamente para cerrar esta puerta a las reclamaciones de los inversores intra-UE,
porque considera que la legislación de la UE ya protege de forma suficiente
las inversiones hechas por parte de empresas en países miembros distintos al
propio. Asimismo, la Dirección General de Competencia de la Comisión Euro-
pea ha dejado claro en recientes decisiones sobre ayudas de estado, que las
compensaciones otorgadas por laudos de arbitrajes serán consideradas como
ayudas de estado y, por tanto, podrían ser consideradas sobrecompensaciones
a las empresas demandantes.
Queda aún por ver cómo se van a fallar los más de 30 arbitrajes internacionales
restantes contra el Gobierno de España por los recortes a las renovables. Por otra
parte, también queda pendiente la respuesta de la Comisión Europea, y, en espe-
cial, la DG Competencia al respecto.