El BOE publica la orden para conceder ayudas a energía eólica y fotovoltaica en los territorios no peninsulares

26 de diciembre de 2018

El Ministerio para la Transición Ecológica ha publicado en el BOE la orden por la que regula la concesión de ayudas a la inversión en instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnologías eólica y fotovoltaica situadas en los territorios no peninsulares cofinanciadas con Fondos Comunitarios FEDER.

Los sistemas eléctricos de los territorios no peninsulares están sujetos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, a una reglamentación singular que atiende a las especificidades derivadas de su ubicación territorial.

Las singularidades de los sistemas eléctricos en territorios no peninsulares respecto del sistema peninsular, derivadas fundamentalmente de su carácter aislado y su reducido tamaño, suponen mayores dificultades para la integración de la producción eléctrica a partir de fuentes de energía renovables debido a las características de las mismas. La demanda eléctrica se cubre mayoritariamente con tecnologías térmicas de origen fósil, siendo la participación de las fuentes de energía renovables aún modesta.

Con el objeto de avanzar en el cumplimiento de los objetivos vinculantes establecidos en la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, se considera conveniente la puesta en marcha de instalaciones eólicas y fotovoltaicas, que contribuyan a la diversificación de las fuentes de energía primaria, a la reducción de la dependencia energética y a la reducción de emisiones de CO2 .
Por otro lado, si bien la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables genera ingresos procedentes de la venta de energía en el mercado, éstos no son suficientes para recuperar sus costes de inversión y evitar un déficit de financiación, por lo que se hace necesaria la concesión de ayudas públicas. Para asegurar la ejecución de las instalaciones de producción de energía eléctrica con tecnología eólica y fotovoltaica en los territorios no peninsulares, se establecen las presentes bases para la concesión de ayudas a la inversión en las citadas instalaciones.

Estas ayudas adoptarán la forma de subvención, conforme a lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Se utilizará el procedimiento ordinario de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, según lo establecido en el artículo 22.1 de la citada ley. Link al BOE