AEE presenta al MITECO las alegaciones a la consulta pública sobre el Borrador de la Hoja de Ruta del Hidrógeno

AEE presentó al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) sus alegaciones a la Consulta Pública sobre el Borrador de la “Hoja de Ruta del Hidrógeno: una apuesta por el hidrógeno renovable”. Las alegaciones están basadas en las propuestas debatidas en las reuniones de sus grupos de trabajo con sus socios y el documento de posición de AEE sobre el hidrógeno.

Durante las reuniones mantenidas entre AEE y sus asociados para elaborar las alegaciones se presentaron los puntos principales y los objetivos del borrador del documento del MITECO y se compararon con los mensajes principales del documento de posición del hidrógeno de AEE. Además, se analizaron algunas de las medidas incluidas en el documento por su similitud con las peticiones de la AEE, o por generar dudas sobre su eficacia económica en este momento.

Estas son las alegaciones presentadas por AEE:

1. La electrificación con energías renovables como prioridad
La electrificación basada en renovables es el enfoque más rentable para alcanzar la neutralidad climática para 2050 y el objetivo intermedio a 2030 del PNIEC. Esto significa la conversión de la mayoría de los usos energéticos en la industria y el transporte de combustibles fósiles a electricidad generada por fuentes de energía renovables, como la eólica.

Por una parte, el uso directo de la electricidad renovable siempre que esté disponible y donde sea posible en todos los sectores de la economía será la forma más eficaz para reducir las emisiones de GEI. Por otra, el uso de esta electricidad renovable para producir gases y combustibles con cero CO2 se deberá contemplar solo cuando sea necesario para aquellas actividades que de otra manera no pueden reducir las emisiones de CO2 (electrificación indirecta), y complementará el uso directo de la electricidad renovable.

La Hoja de Ruta del H2 renovable debe estar totalmente sincronizada con una Estrategia de Electrificación, con 2 enfoques:
• CORTO PLAZO = ELECTRIFICACIÓN DIRECTA CON EERR, = eficiencia
• MEDIO/LARGO PLAZO = ELECTRIFICACIÓN INDIRECTA CON H2. Estrategia para la incorporación del H2 renovable en la generación gestionable de Electricidad, en el transporte pesado y en sectores industriales (Plan, objetivos, métricas, responsables): el despliegue del H2 como combustible/energía final deberá ser coste eficiente para evitar posibles costes excesivos, pérdida de eficiencia y coste de oportunidad (por no utilizar la electricidad en su dimensión óptima)

2. Tener una visión clara del punto de partida y los objetivos a alcanzar mediante la Hoja de Ruta:
Con anterioridad a la propuesta de medidas concretas, la Hoja de Ruta del Hidrógeno debería contener los siguientes elementos para poder ajustar las medidas a la situación actual y futura del sector:

– Evaluación de la situación actual de la cadena de valor del hidrógeno en España. Instalaciones existentes y planificadas a corto plazo. Cadena de valor industrial actual en España de estas tecnologías. Demanda actual de este gas y sectores en los que se utiliza. Análisis de coste actual de generación de hidrógeno en España con las tecnologías disponibles.
– Modelización de escenarios sobre la demanda de hidrógeno renovable en España en base a la transición energética hasta 2050, e implicaciones para el sector eléctrico español y el despliegue de renovables. Se tendrá que tener en cuenta también la posibilidad de que España en el futuro se convierta en un exportador neto de hidrógeno verde. En el borrador de la Hoja de Ruta de Hidrógeno Renovable se establece como objetivo para España en 2030 una capacidad instalada de electrolizadores de 4 GW. Pero este objetivo no parece estar basado en una estimación de la demanda de hidrogeno para ese año. En cualquier caso, se trata de un objetivo ambicioso teniendo en cuenta que España aún no dispone de ningún electrolizador de escala MW instalado (solo existen a nivel kW). Por ello, plantear el despliegue de 4 GW en 10 años es muy exigente, razón por la que debería estar basado en una sólida evaluación de la evolución de la demanda de hidrógeno para consumo interno y/o exportación.
– Identificación de vectores de desarrollo de la cadena de valor del hidrógeno verde para España, basados en los escenarios modelizados y en la evaluación del estado actual del sector. Establecer y financiar actividades de I+D+i para impulsar estos vectores.
– Diseño de un posicionamiento y Estrategia de España en Europa en relación al H2 (renovable vs azul). Futuro rol de España en un mercado Europeo de hidrógeno renovable, forma de exportar el abundante recurso renovable español (viento, sol, etc). Avance en mecanismos de Border Tax para el H2 no renovable.

3. Establecer un marco regulatorio que permita el desarrollo de las diferentes aplicaciones del hidrógeno renovable
Una vez desarrollados los puntos anteriores. la principal medida a adoptar será el establecimiento de un marco regulatorio para el hidrógeno renovable que ponga las bases para su futuro. Principalmente:

• Definición del hidrógeno verde. Una clasificación clara, simple y transparente para el hidrógeno y los derivados del hidrógeno en la que el hidrógeno generado por electrolisis con electricidad 100% renovable sin CO2 es la referencia, evitando definiciones complejas para mantener una información confiable e íntegra para las personas
• Otorgamiento de garantías de origen específicas para el hidrógeno verde. Las garantías de origen para las energías renovables desempeñan un papel importante para estimular la demanda de energía renovable del cliente final. Para preservar este valor, debe garantizarse una distinción clara entre las GOs para energía renovable (electricidad e hidrógeno) y, en su caso, las GOs para energías no renovables. Las GOs de energía renovable solo deben emitirse para energías 100% renovables
• Propiedad de las instalaciones de hidrógeno. Los TSO y DSO no deben participar en actividades competitivas como Power-to-Gas, ya que podrían tener un posible conflicto de intereses al planificar, otorgar el acceso y operar/despachar infraestructuras.
• Normativa técnica necesaria para la integración a la red de instalaciones híbridas (EERR + H2), códigos de red para conexión, mecanismos de operación (competencias).
• Fiscalidad verde que favorezca la implantación de instalaciones de electricidad renovable y de electrolizadores (no del hidrógeno verde en sí, que es un subproducto de la generación eléctrica renovable).

La forma directa de reducir los costes de la transición energética es reducir la fiscalidad sobre la electricidad verde y de las tecnologías (como los electrolizadores) necesarias para llevarla a cabo.

4. Priorizar las propuestas de medidas en función de su coste/eficiencia y desarrollar un calendario para la puesta en marcha de las medidas con fechas/responsables:
Las medidas que se propongan en la Hoja de Ruta tienen que estar priorizadas en función del análisis hecho sobre la situación actual del sector del hidrógeno y de los objetivos modelizados de demanda de H2 a 2030 y 2050 y en función de su coste/eficiencia.

En este sentido habrá que establecer una línea temporal en la que integrar cada una de las medidas que se propongan, de manera que se complementen estableciendo sinergias, y no se creen efectos indeseados, como por ejemplo sería la incentivación del consumo de hidrógeno antes de haber construido plantas de fabricación de hidrógeno renovable, lo cual redundaría en un aumento del consumo de hidrógeno gris y de las emisiones de CO2.

Además de los hitos temporales de las medidas será conveniente establecer las administraciones responsables de que se alcance cada una de ellas.

Para consultar el documento de posicionamiento de AEE sobre las propuestas para la electrificación indirecta con Hidrógeno Renovable, pincha aquí.

Asociación Empresarial Eólica
Política de privacidad
Aplicación de la presente Política de Privacidad:

El presente documento regula la Política de Privacidad tanto del presente sitio web, así como de la totalidad de datos e información que pudiera manejar ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA (en lo sucesivo, "AEE") como Responsable del Tratamiento.

Por ello, para cumplir con el artículo 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en lo sucesivo "RGPD" o "Reglamento General de Protección de Datos"), así como el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en lo sucesivo "LOPDGDD") se ha establecido y desarrollado la presente Política de Privacidad.

Responsable del Tratamiento:

Tus datos personales son manejados por, nosotros, AEE como Responsable del Tratamiento. Te detallamos nuestros datos sociales para que te puedas poner en contacto con nosotros cuando lo desees:

  • Razón social: ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA
  • CIF: C83488163
  • Domicilio: C/ SOR ÁNGELA DE LA CRUZ, 2, PLANTA 14D – 28020 MADRID
  • Teléfono: (+34) 917 451 276
  • Correo electrónico: [email protected]

Finalidades y bases legitimadoras:

El presente apartado regula la totalidad de tratamientos llevados a cabo por AEE, en base a cada una de las finalidades, conforme a las bases legitimadoras que lo regulan, comprendido éstos en los que se enumeran a continuación:

  • Consentimiento del interesado (artículo 6.1. a) RGPD)

Usuarios página web: atender su solicitud a través del formulario de contacto.

Procesos de selección de personal: formar parte de los procesos de selección ofertados.

  • Ejecución contractual y medidas precontractuales (artículo 6.1.b) RGPD)

Socios / asociados

  1. Gestión de alta como socio/asociado de AEE.
  2. Mantenimiento y perfeccionamiento de la relación contractual pactada entre AEE y su empresa.
  3. Gestión contable y administrativa del servicio entre AEE y su empresa.
  4. Gestionar las comunicaciones electrónicas entre AEE y su empresa.

Socios / asociados potenciales

  1. Atender cualquier solicitud de información que nos hagas llegar.
  2. Hacerle llegar, en su caso, ofertas comerciales.

 

Empleados

  1. Mantenimiento y perfeccionamiento de la relación laboral pactada entre AEE y usted.
  2. Gestión contable, fiscal y administrativa de la relación laboral.
  3. Gestionar y realizar el pago de su nómina pactada contractualmente y exigidas por la legislación laboral.
  4. Gestionar comunicaciones entre AEE y su usted.
  5. Realizar el seguimiento de las acciones formativas de las que sea sujeto.
  6. Gestión de bajas por enfermedad.
  • Interés legítimo del responsable del tratamiento (artículo 6.1.f) RGPD)

Actividades comerciales: envío de información comercial a usuarios sobre productos y servicios semejantes a los previamente contratados, en vinculación con el artículo 21.2 de la LSSICE.

Videovigilancia: gestión de la seguridad de instalaciones, bienes y personas a través de mecanismos de videovigilancia.

Asimismo, se le informa que todos los datos que AEE le solicite o pudiera solicitar marcados con un asterisco (*) serán obligatorios. En el caso de que los datos obligatorios no fueran facilitados AEE no podrá prestarle el servicio contratado o atender su petición o solicitud.

En cumplimiento del artículo 4.2.a de la LOPDGDD, se garantiza que los datos de carácter personal facilitados por usted hacia AEE se considerarán exactos. Sin embargo, AEE podría solicitarle la actualización de los mismos que sobre usted pudiera conservar.

Plazo de conservación de los datos:

En virtud del artículo 5.1.e) del RGPD, los plazos de conservación de los datos variarán en función del tratamiento realizado. Por ello, desde AEE le aconsejamos leer nuestra Política de conservación de datos para su consulta, la cual la podrá solicitar en [email protected]

No obstante, pese a la existencia de estos plazos generales, le informamos que de forma periódica revisaremos nuestros sistemas para proceder a eliminar aquellos datos que no sean legalmente necesarios.

Derechos que le asisten a los interesados:

La normativa de protección de datos le reconoce los siguientes derechos:

Derecho a solicitar el acceso a sus datos personales.

Derecho a solicitar la rectificación de sus datos personales.

Derecho a solicitar la supresión de sus datos personales.

Derecho a solicitar la limitación del tratamiento.

Derecho a oponerse al tratamiento.

Derecho a la portabilidad.

Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.

Derecho a retirar su consentimiento.

El ejercicio de tales derechos deberá ser comunicado a ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA, con domicilio en C/ SOR ÁNGELA DE LA CRUZ, 2, PLANTA 14D – 28020 MADRID, o la cuenta de correo electrónico [email protected]. Adicionalmente, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Más información en el Apartado Autoridad de Control de la presente política de privacidad.

Destinatarios y transferencias internacionales de datos:

Sus datos personales podrían serán comunicados a Autoridades Públicas o gubernamentales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, para dar cumplimiento a los requisitos legales y normativa aplicable en cada caso concreto.

A su vez, podrían ser comunicados a terceros proveedores o entidades para la prestación de algún servicio subcontratado por AEE. A este aspecto le informamos que se han firmado los correspondientes contratos de encargado del tratamiento exigidos por el artículo 28 y 29 del RGPD así como el artículo 28 de la LOPDGDD, y siempre éstos garantizando y siendo comprobado por AEE que cumplen y garantizan con medidas jurídicas, técnicas y organizativas suficientes. Le informamos que sus datos no serán comunicados a terceras personas. Ni se realizarán transferencias internacionales de datos.

Igualmente, de forma excepcional, AEE podrá conceder acceso temporal y controlado al área de administración de su sitio web a proveedores de servicios tecnológicos (por ejemplo, soporte técnico de plataformas o plugins instalados) únicamente con la finalidad de resolver incidencias técnicas específicas. Estos accesos están sujetos a estrictos criterios de seguridad, se limitan al tiempo necesario para la intervención y son eliminados una vez finalizada la asistencia. En todo caso, AEE garantiza que dichos terceros actúan como encargados del tratamiento y están sujetos a los correspondientes contratos de confidencialidad y tratamiento de datos conforme al artículo 28 del RGPD.

Procedencia de los datos personales:

Los datos de carácter personal que trata AEE proceden de usted como titular de los mismos.

A las cuales, usted previamente le ha facilitado sus datos de carácter personal y ha autorizado la comunicación de los mismos a las diversas empresas que ofrecen sus servicios a través de estas empresas.

Seguridad de los datos:

Desde AEE se han implantado medidas jurídicas, técnicas y organizativas suficientes para garantizar la protección de los datos personales. Por ello, revisamos periódicamente nuestros sistemas para evitar cualquier acceso no lícito, no autorizado, así como para evitar cualquier tipo de pérdida, destrucción accidental, divulgación ilegal o no autorizada, así como cualquier otro tipo de daño, tanto accidental como ilícito.

Autoridad de control:

Desde AEE ponemos el máximo empeño para cumplir con la normativa de protección de datos dado que es el activo más valioso para nosotros. No obstante, le informamos que en caso de que usted entienda que sus derechos se han visto menoscabados, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), sita en C/ JORGE JUAN, 6 - 28001 MADRID. Más información sobre la AEPD en su página web.