La regulación sobre el NZIA se publicará en el Official journal a principios de junio, tras la firma de los ministros

17 de mayo de 2024

El pasado 7 de mayo, AEE participó en la reunión del Working Group de Supply Chain de WindEurope. A continuación resumimos los principales puntos de la reunión. Asimismo, podéis solicitar más información a Jorge Nevado de la Dirección Técnica de AEE en el correo [email protected].

  1. Carbon Border Adjustment mechanism (CBAM):

Vicente Hurtado Roa, Head of Unit at the European Commission’s Directorate General for Taxation and Customs Union hizo una presentación sobre el CBAM y su impacto en el sector. Algunos aspectos destacados:

  • Plazo de aplicación: actualmente, el mecanismo se encuentra en fase de transición (hasta diciembre de 2025). La incorporación gradual del CBAM comienza en enero de 2026.
  • Objetivo del CBAM: es una medida medioambiental a las importaciones de bienes procedentes de industrias de consumo intensivo de energía. Pretende servir de incentivo para que las empresas y terceros paises (a través de la captación de fondos) descarbonicen sus actividades, no se trata de una medida diseñada para proteger a la industria europea o aumentar su competitividad.
  • Posible ampliación de la medida: Además de los sectores en el ámbito de aplicación actual (Hierro/acero, aluminio, cemento, fertilizantes, hidrógeno y electricidad), la comisión valora ampliar la medida a otros sectores (químicos, cerámicos y vidrio), así como “downstream goods”, como componentes de aerogenerador.
  • La comisión realizará un estudio para verificar que la medida no supone un incentivo a la fabricación fuera de la UE, incluyendo el caso de la producción de componentes de aerogenerador. Además, se anima a las empresas del sector a enviar información (antes de final de año) sobre el impacto económico de la aplicación del CBAM  en los bienes fabricados, prestando especial atención a las emisiones asociadas a la deslocalización de la industria.

Respecto al CBAM, además de lo anterior, compartimos que la Comisión Europea organiza una sesión informativa sobre el CBAM en castellano el jueves  23 de Mayo de 2024, 10:00 – 11:30 (CEST). Podéis registraros a través del siguiente enlace.

  1. Net Zero Industry Act (NZIA): criterio de resiliencia, art.20
  • La regulación sobre el NZIA se publicará en el Official journal a principios de junio, tras la firma de los ministros. 9 meses después de la entrada en vigor del NZIA se publicarán:
  • Delegated Act que defina una lista de componentes del aerogenerador que permita monitorear si existe dependencia europea de la importación de dichos componentes. Por lo que transmitieron en la reunión, la CE está decidida a elaborar esta lista.
  • Implementing Act que detalle la aplicación de los criterios de precalificación y adjudicación no de precio en subastas renovables.
  • De cara a establecer un posicionamiento, a propuesta de Wind Europe se debatió sobre los siguientes puntos:

Debido a falta de tiempo para abordar el tema con suficiente profundidad y alcanzar un consenso, este asunto se debatirá en una próxima reunión que tendrá lugar el 29 de mayo 11:00 – 13:00 (online).

  1. Foreign Subsidies Regulation

El 9 de abril el Comisario de Competencia de la UE anunció el inicio de una investigación sobre el FSR a suministradores de aerogeneradores chinos. Sin embargo, debido a la necesidad de respetar la confidencialidad por parte de la autoridad investigadora para salvaguardar la integridad y equidad del proceso, proteger la información confidencial y evitar perjudicar la reputación de entidades involucradas, no se aportó información adicional al respecto.

  1. Foreign Direct Investment Screening (FDI)

Se ha enviado una propuesta a la consulta pública de la Comisión Europea. El proceso legislativo para la revisión del marco del Foreign Direct Investment Screening comenzará en otoño.

Asociación Empresarial Eólica
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El presente documento regula la Política de Privacidad tanto del presente sitio web, así como de la totalidad de datos e información que pudiera manejar ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA (en lo sucesivo, "AEE") como Responsable del Tratamiento.

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Tus datos personales son manejados por, nosotros, AEE como Responsable del Tratamiento. Te detallamos nuestros datos sociales para que te puedas poner en contacto con nosotros cuando lo desees:

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Finalidades y bases legitimadoras:

El presente apartado regula la totalidad de tratamientos llevados a cabo por AEE, en base a cada una de las finalidades, conforme a las bases legitimadoras que lo regulan, comprendido éstos en los que se enumeran a continuación:

  • Consentimiento del interesado (artículo 6.1. a) RGPD)

Usuarios página web: atender su solicitud a través del formulario de contacto.

Procesos de selección de personal: formar parte de los procesos de selección ofertados.

  • Ejecución contractual y medidas precontractuales (artículo 6.1.b) RGPD)

Socios / asociados

  1. Gestión de alta como socio/asociado de AEE.
  2. Mantenimiento y perfeccionamiento de la relación contractual pactada entre AEE y su empresa.
  3. Gestión contable y administrativa del servicio entre AEE y su empresa.
  4. Gestionar las comunicaciones electrónicas entre AEE y su empresa.

Socios / asociados potenciales

  1. Atender cualquier solicitud de información que nos hagas llegar.
  2. Hacerle llegar, en su caso, ofertas comerciales.

 

Empleados

  1. Mantenimiento y perfeccionamiento de la relación laboral pactada entre AEE y usted.
  2. Gestión contable, fiscal y administrativa de la relación laboral.
  3. Gestionar y realizar el pago de su nómina pactada contractualmente y exigidas por la legislación laboral.
  4. Gestionar comunicaciones entre AEE y su usted.
  5. Realizar el seguimiento de las acciones formativas de las que sea sujeto.
  6. Gestión de bajas por enfermedad.
  • Interés legítimo del responsable del tratamiento (artículo 6.1.f) RGPD)

Actividades comerciales: envío de información comercial a usuarios sobre productos y servicios semejantes a los previamente contratados, en vinculación con el artículo 21.2 de la LSSICE.

Videovigilancia: gestión de la seguridad de instalaciones, bienes y personas a través de mecanismos de videovigilancia.

Asimismo, se le informa que todos los datos que AEE le solicite o pudiera solicitar marcados con un asterisco (*) serán obligatorios. En el caso de que los datos obligatorios no fueran facilitados AEE no podrá prestarle el servicio contratado o atender su petición o solicitud.

En cumplimiento del artículo 4.2.a de la LOPDGDD, se garantiza que los datos de carácter personal facilitados por usted hacia AEE se considerarán exactos. Sin embargo, AEE podría solicitarle la actualización de los mismos que sobre usted pudiera conservar.

Plazo de conservación de los datos:

En virtud del artículo 5.1.e) del RGPD, los plazos de conservación de los datos variarán en función del tratamiento realizado. Por ello, desde AEE le aconsejamos leer nuestra Política de conservación de datos para su consulta, la cual la podrá solicitar en [email protected]

No obstante, pese a la existencia de estos plazos generales, le informamos que de forma periódica revisaremos nuestros sistemas para proceder a eliminar aquellos datos que no sean legalmente necesarios.

Derechos que le asisten a los interesados:

La normativa de protección de datos le reconoce los siguientes derechos:

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Derecho a solicitar la rectificación de sus datos personales.

Derecho a solicitar la supresión de sus datos personales.

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Derecho a oponerse al tratamiento.

Derecho a la portabilidad.

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Derecho a retirar su consentimiento.

El ejercicio de tales derechos deberá ser comunicado a ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA, con domicilio en C/ SOR ÁNGELA DE LA CRUZ, 2, PLANTA 14D – 28020 MADRID, o la cuenta de correo electrónico [email protected]. Adicionalmente, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Más información en el Apartado Autoridad de Control de la presente política de privacidad.

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Sus datos personales podrían serán comunicados a Autoridades Públicas o gubernamentales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, para dar cumplimiento a los requisitos legales y normativa aplicable en cada caso concreto.

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Desde AEE ponemos el máximo empeño para cumplir con la normativa de protección de datos dado que es el activo más valioso para nosotros. No obstante, le informamos que en caso de que usted entienda que sus derechos se han visto menoscabados, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), sita en C/ JORGE JUAN, 6 - 28001 MADRID. Más información sobre la AEPD en su página web.