Urgente avanzar en el desarrollo de la eólica marina en España

28 de julio de 2022

Los meses que quedan de 2022 son clave para no perder la oportunidad de posicionamiento como país.

La eólica marina es un vector fundamental para alcanzar los objetivos climáticos y de seguridad energética, a partir de recursos renovables propios y aportando mayor estabilidad a nuestro sistema eléctrico. Además, constituye una gran oportunidad de desarrollo tecnológico, económico e industrial, por su elevado potencial para la creación de empleo cualificado en los sectores industriales estratégicos de nuestro país.

  • Para España, la eólica marina es una oportunidad socioeconómica, que aporta nuevas vías de futuro para las comunidades locales.
  • No podemos desaprovechar, por segunda vez en la historia de nuestro país, una oportunidad económica, social, ambiental, tan positiva como la eólica marina.
  • Los primeros parques se podrían poner en funcionamiento en 2028-2029. Por ello, los trabajos de desarrollo comenzarán en el corto plazo, y los encargos industriales vendrán acto seguido, con los consiguientes puestos de trabajo en las fábricas, los astilleros, la logística – en aquellas comunidades costeras que tanto lo necesitan-, generando un componente de empleo inducido en la zona muy significativo.
  • Es importante lograr una fórmula de trabajo colaborativo entre el sector eólico, el sector de la pesca y otras actividades económicas instaladas en la zona, evitando generar mensajes de alarma injustificada y siempre desde la transparencia y rigurosidad, y buscando una convivencia que beneficie a la sociedad.

En los últimos meses, se han producido avances como la publicación de la Hoja de Ruta para el desarrollo de la Eólica Marina y las Energías del Mar en España, o las consultas públicas de los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo.

  • La Hoja de Ruta estableció unos objetivos de instalación de hasta 3 GW de eólica flotante a 2030, e identifica las medidas necesarias para alcanzarlos, en los ámbitos regulatorio, ambiental y de adecuación de infraestructuras. Al mismo tiempo, estas medidas tienen el objetivo de posicionar a nuestro país como líder en I+D+i y en capacidades industriales de eólica marina.
  • La redacción de los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo (POEM) ha supuesto un exhaustivo ejercicio de análisis, diálogo y reflexión por parte de la Administración, para buscar el consenso y la coexistencia con todas las actividades implicadas en el medio marino. Los primeros borradores de POEM sometidos a información pública mostraban una ocupación muy reducida de los parques eólicos marinos al representar solo un 0,08% de la superficie de las aguas españolas. Tras los procesos de consulta con los sectores involucrados por parte del Ministerio se estima que pueda haber una reducción sobre la superficie contemplada de estas zonas eólicas marinas, que supondría la aplicación de recortes adicionales, así como la retirada de su carácter prioritario respecto de otras actividades.

Prioritario avanzar en el segundo semestre de 2022

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha anunciado que la primera subasta de eólica marina podría celebrarse durante el primer trimestre de 2023. Para llegar a este hito, es necesario que en los próximos seis meses se avance de manera decidida en algunas de las medidas ya identificadas en la Hoja de Ruta.

¿Cuáles son esas medidas ya identificadas en la Hoja de Ruta?

  • Se debe obtener la aprobación de los Planes de Ordenación del Espacio Marítimo en los que se identifiquen las zonas finalmente designadas para eólica marina. Los POEM se encuentran actualmente en evaluación ambiental estratégica, la última fase del proceso de tramitación, después de un riguroso proceso de elaboración, diálogo y consultas públicas que ha durado más de dos años.
  • La zonificación de eólica marina de los POEM no debería experimentar variaciones significativas, exceptuando aquellas que puedan venir motivadas por cuestiones estrictamente ambientales.

Dialogo y aceptación pública de los desarrollos de eólica marina

La experiencia en países de nuestro entorno ha demostrado que el diálogo y la comunicación en etapas tempranas del diseño de los parques eólicos permiten adaptar la configuración de los proyectos de eólica marina con el objetivo de mejorar la coexistencia con otras actividades. Por ejemplo, en el caso de la pesca, aspectos como la separación entre alineaciones de aerogeneradores, la orientación de las mismas en función de las corrientes y de las curvas batimétricas, la modificación de algunas posiciones, etc., constituyen ejemplos habituales de modificaciones de diseño acordadas entre desarrolladores de parques eólicos y cofradías de pesca locales, para favorecer la coexistencia de actividades.

Además, diversos estudios científicos realizados en diferentes países han comprobado que las zonas donde hay parques eólicos marinos ejercen de “efecto reserva”, contribuyendo a la conservación y regeneración de multitud de especies de interés pesquero. Esto a su vez, permite aumentar las capturas en los caladeros cercanos.

El conocimiento sobre el efecto de los parques marinos en el medioambiente y la biodiversidad es amplio por experiencias vividas en otros países. Los propios estudios de impacto ambiental que las empresas desarrollan, y que son evaluados meticulosamente por la Administración competente y sometidos a información pública, son la mejor herramienta para garantizar la coexistencia de los parques marinos con su entorno. Anticipar conclusiones, en muchos casos llevadas a los extremos, no es la forma de avanzar más constructiva, ni para el cumplimiento de los objetivos climáticos, ni para garantizar un futuro socioeconómico en los territorios. Desde el sector eólico invitamos a los sectores involucrados, expertos y vecinos a sumar esfuerzos para buscar vías de convivencia en las que todos los actores se vean beneficiados.

Definición del modelo de desarrollo de parque eólico marino y calendario de subastas

Otra de las cuestiones a abordar durante la segunda mitad de 2022 es la definición del modelo de desarrollo de parques eólicos marinos a aplicar en España. La Hoja de Ruta esboza un modelo de desarrollo híbrido, basado en la regulación actual, el cual permite aprovechar algunas ventajas tanto de los modelos centralizados como de los descentralizados. Sin embargo, este esquema debe concretarse mediante el diseño del mecanismo de subastas y del procedimiento de tramitación administrativa de parques eólicos marinos, lo que a su vez requiere de la modificación de diferentes piezas normativas.

Todo ello debe ir acompañado de la publicación de un calendario de subastas de eólica marina y de la definición de unos objetivos de potencia instalada a medio y largo plazo, más allá de los 3 GW indicados en la Hoja de Ruta, que proporcionen visibilidad a los desarrolladores y a la cadena de valor, sobre los volúmenes, las zonas y los plazos previstos de implementación.

Convocatorias y ayudas pendientes de publicarse al desarrollo de la eólica marina

En la segunda mitad de 2022 también deberían publicarse:

  • Las convocatorias de ayudas vinculadas al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), que ya se identifican en el PERTE Naval y en el PERTE de Energías Renovables, Hidrógeno y Almacenamiento (PERTE ERHA). Más concretamente, deben publicarse las primeras convocatorias de apoyo al I+D+i basadas en las Medidas 5 y 7 del PERTE ERHA consistentes en el refuerzo de las plataformas de ensayo y para proyectos piloto de eólica marina.
  • Las ayudas para el fortalecimiento industrial basadas en el PERTE Naval y en la Medida 6 el PERTE ERHA para infraestructuras logísticas y portuarias.

El sector eólico marino español ha constituido el Foro Eólico Marino, como iniciativa para promover el diálogo entre los diferentes sectores. Más información en www.foroeolicomarino.org.

Accede al webinar celebrado hoy en colaboración con IDAE donde hemos analizado el Programa RENMARINAS DEMOS en Audiencia Pública:

La Asociación Empresarial Eólica es la voz del sector eólico en España y defiende sus intereses. Con más de 280 empresas asociadas, representa a más del 90% del sector en el país, que incluye a promotores, fabricantes de aerogeneradores y componentes, asociaciones nacionales y regionales, organizaciones ligadas al sector, consultores, abogados y entidades financieras y aseguradoras, entre otros.

Asociación Empresarial Eólica
Política de privacidad
Aplicación de la presente Política de Privacidad:

El presente documento regula la Política de Privacidad tanto del presente sitio web, así como de la totalidad de datos e información que pudiera manejar ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA (en lo sucesivo, "AEE") como Responsable del Tratamiento.

Por ello, para cumplir con el artículo 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en lo sucesivo "RGPD" o "Reglamento General de Protección de Datos"), así como el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en lo sucesivo "LOPDGDD") se ha establecido y desarrollado la presente Política de Privacidad.

Responsable del Tratamiento:

Tus datos personales son manejados por, nosotros, AEE como Responsable del Tratamiento. Te detallamos nuestros datos sociales para que te puedas poner en contacto con nosotros cuando lo desees:

  • Razón social: ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA
  • CIF: C83488163
  • Domicilio: C/ SOR ÁNGELA DE LA CRUZ, 2, PLANTA 14D – 28020 MADRID
  • Teléfono: (+34) 917 451 276
  • Correo electrónico: [email protected]

Finalidades y bases legitimadoras:

El presente apartado regula la totalidad de tratamientos llevados a cabo por AEE, en base a cada una de las finalidades, conforme a las bases legitimadoras que lo regulan, comprendido éstos en los que se enumeran a continuación:

  • Consentimiento del interesado (artículo 6.1. a) RGPD)

Usuarios página web: atender su solicitud a través del formulario de contacto.

Procesos de selección de personal: formar parte de los procesos de selección ofertados.

  • Ejecución contractual y medidas precontractuales (artículo 6.1.b) RGPD)

Socios / asociados

  1. Gestión de alta como socio/asociado de AEE.
  2. Mantenimiento y perfeccionamiento de la relación contractual pactada entre AEE y su empresa.
  3. Gestión contable y administrativa del servicio entre AEE y su empresa.
  4. Gestionar las comunicaciones electrónicas entre AEE y su empresa.

Socios / asociados potenciales

  1. Atender cualquier solicitud de información que nos hagas llegar.
  2. Hacerle llegar, en su caso, ofertas comerciales.

 

Empleados

  1. Mantenimiento y perfeccionamiento de la relación laboral pactada entre AEE y usted.
  2. Gestión contable, fiscal y administrativa de la relación laboral.
  3. Gestionar y realizar el pago de su nómina pactada contractualmente y exigidas por la legislación laboral.
  4. Gestionar comunicaciones entre AEE y su usted.
  5. Realizar el seguimiento de las acciones formativas de las que sea sujeto.
  6. Gestión de bajas por enfermedad.
  • Interés legítimo del responsable del tratamiento (artículo 6.1.f) RGPD)

Actividades comerciales: envío de información comercial a usuarios sobre productos y servicios semejantes a los previamente contratados, en vinculación con el artículo 21.2 de la LSSICE.

Videovigilancia: gestión de la seguridad de instalaciones, bienes y personas a través de mecanismos de videovigilancia.

Asimismo, se le informa que todos los datos que AEE le solicite o pudiera solicitar marcados con un asterisco (*) serán obligatorios. En el caso de que los datos obligatorios no fueran facilitados AEE no podrá prestarle el servicio contratado o atender su petición o solicitud.

En cumplimiento del artículo 4.2.a de la LOPDGDD, se garantiza que los datos de carácter personal facilitados por usted hacia AEE se considerarán exactos. Sin embargo, AEE podría solicitarle la actualización de los mismos que sobre usted pudiera conservar.

Plazo de conservación de los datos:

En virtud del artículo 5.1.e) del RGPD, los plazos de conservación de los datos variarán en función del tratamiento realizado. Por ello, desde AEE le aconsejamos leer nuestra Política de conservación de datos para su consulta, la cual la podrá solicitar en [email protected]

No obstante, pese a la existencia de estos plazos generales, le informamos que de forma periódica revisaremos nuestros sistemas para proceder a eliminar aquellos datos que no sean legalmente necesarios.

Derechos que le asisten a los interesados:

La normativa de protección de datos le reconoce los siguientes derechos:

Derecho a solicitar el acceso a sus datos personales.

Derecho a solicitar la rectificación de sus datos personales.

Derecho a solicitar la supresión de sus datos personales.

Derecho a solicitar la limitación del tratamiento.

Derecho a oponerse al tratamiento.

Derecho a la portabilidad.

Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.

Derecho a retirar su consentimiento.

El ejercicio de tales derechos deberá ser comunicado a ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA, con domicilio en C/ SOR ÁNGELA DE LA CRUZ, 2, PLANTA 14D – 28020 MADRID, o la cuenta de correo electrónico [email protected]. Adicionalmente, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Más información en el Apartado Autoridad de Control de la presente política de privacidad.

Destinatarios y transferencias internacionales de datos:

Sus datos personales podrían serán comunicados a Autoridades Públicas o gubernamentales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, para dar cumplimiento a los requisitos legales y normativa aplicable en cada caso concreto.

A su vez, podrían ser comunicados a terceros proveedores o entidades para la prestación de algún servicio subcontratado por AEE. A este aspecto le informamos que se han firmado los correspondientes contratos de encargado del tratamiento exigidos por el artículo 28 y 29 del RGPD así como el artículo 28 de la LOPDGDD, y siempre éstos garantizando y siendo comprobado por AEE que cumplen y garantizan con medidas jurídicas, técnicas y organizativas suficientes. Le informamos que sus datos no serán comunicados a terceras personas. Ni se realizarán transferencias internacionales de datos.

Procedencia de los datos personales:

Los datos de carácter personal que trata AEE proceden de usted como titular de los mismos.

A las cuales, usted previamente le ha facilitado sus datos de carácter personal y ha autorizado la comunicación de los mismos a las diversas empresas que ofrecen sus servicios a través de estas empresas.

Seguridad de los datos:

Desde AEE se han implantado medidas jurídicas, técnicas y organizativas suficientes para garantizar la protección de los datos personales. Por ello, revisamos periódicamente nuestros sistemas para evitar cualquier acceso no lícito, no autorizado, así como para evitar cualquier tipo de pérdida, destrucción accidental, divulgación ilegal o no autorizada, así como cualquier otro tipo de daño, tanto accidental como ilícito.

Autoridad de control:

Desde AEE ponemos el máximo empeño para cumplir con la normativa de protección de datos dado que es el activo más valioso para nosotros. No obstante, le informamos que en caso de que usted entienda que sus derechos se han visto menoscabados, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), sita en C/ JORGE JUAN, 6 - 28001 MADRID. Más información sobre la AEPD en su página web.