El GT de PRL continúa con los preparativos del Informe de Siniestralidad y en marcha con diferentes propuestas de trabajos a desarrollar en 2023

10 de febrero de 2023

Esta semana el Grupo de Trabajo de Prevención de Riesgos Laborales de AEE ha celebrado una nueva reunión con ocasión de la apertura del plazo para la introducción de los datos para la elaboración del Informe de Siniestralidad de 2023, y con el objetivo de continuar el trabajo en diversos temas en curso. Desde hace más de 10 años, el GT de PRL elabora el Informe de Siniestralidad en el Sector Eólico ante la necesidad de conocer los principales índices de siniestralidad por actividad. El plazo para introducir los datos de siniestralidad en GEA estará abierto hasta el próximo 24 de febrero. 

Desde hace más de 10 años, el GT de PRL de AEE elabora el Informe de Siniestralidad en el Sector Eólico ante la necesidad de conocer los principales índices de siniestralidad por actividad.


Para obtener las estadísticas de este informe, en primer lugar, se recopilan los datos de siniestralidad de las empresas a través de una herramienta informática denominada GEA (Gestión de Estadísticas de Accidentes). Ésta permite la adquisición y gestión de datos para realizar estadísticas colaborativas, permitiendo a las empresas la introducción de sus datos de siniestralidad de una forma completamente confidencial y sencilla.


El proceso de elaboración de la nueva edición comenzó el 17 de enero con la apertura de la plataforma GEA para permitir a las empresas la introducción de sus datos de siniestralidad correspondientes a 2022. La plataforma se mantendrá activa hasta el 24 de febrero.


Asimismo, tal como se inició en 2022, el informe de siniestralidad incluirá un capítulo sobre buenas prácticas en el sector eólico para dar visibilidad a las empresas del sector. Las empresas que quieran participar podrán enviar un texto con buenas prácticas o iniciativas que estén llevando a cabo dentro de su empresa para reducir los accidentes laborales, innovaciones, casos de éxito y otros.


Como segundo tema, AEE abrió el debate sobre el papel de la formación GWO, especialmente de los módulos BTT. En un primer momento, GWO comenzó desarrollando módulos BST (Basic Safety Training), los cuales resultaron muy positivos para establecer un estándar de formación en PRL, requerido para poder acceder a un aerogenerador de forma segura, que no estaba cubierto por los programas formativos convencionales.


Sin embargo, la evolución de GWO ha ido hacia el desarrollando de nuevos módulos, como es el caso de los módulos BTT (Basic Technical Training), cuya utilidad real es más difusa, por solaparse con cuestiones ya cubiertas en la formación reglada, de obligado cumplimiento en España y UE. Además, el contenido de los módulos BTT es muy básico, por lo que distan mucho de la formación técnica necesaria para realizar trabajos de mantenimiento en un aerogenerador. Por lo tanto, es necesario analizar el papel que tiene actualmente GWO en el sector.


Este planteamiento fue compartido por las empresas del GT, las cuales quisieron destacar los siguientes puntos:
• GWO es una formación privada que ha sido aceptada por el sector eólico en el ámbito de la seguridad y salud (BST), pero que no es de obligado cumplimiento y no tiene por qué ser aceptada por un Inspector de Trabajo.
• Los BTT pueden tener sentido en países con sistemas formativos menos desarrollados. En la Unión Europea estos módulos no son necesarios, dado que ya existe formación reglada que cubre esa necesidad. Además, esta formación reglada es requisito para poder ejercer ciertos trabajos. Por ejemplo, el BTT eléctrico no habilita para trabajar con Alta Tensión en España. Si un técnico requiere trabajar en un espacio del aerogenerador que esté en tensión (AT), requiere formación en AT (e.g. Certificado de Profesionalidad de Montaje y mantenimiento de redes eléctricas AT de 2ª y 3ª categoría, y Centros de Transformación).
• GWO está modificando el contenido de sus estándares con demasiada frecuencia (hasta dos veces al año), lo que supone elevadas complejidades para los centros de formación. Además, estas modificaciones suelen requerir recertificaciones de las instalaciones, con la consecuente inversión económica y de tiempo en auditorías.
• Hay que tener en cuenta que, a nivel nacional, existen formaciones en PRL obligatorias por convenio, como es el caso del certificado de PRL del convenio del metal, y la formación reglada. Esto supone que se está duplicando o, incluso, triplicando la formación que se les proporciona a los técnicos, con el consecuente aumento de costes y ampliación de los tiempos dedicados a la formación.
• Los módulos BTT no cubren aspectos básicos. Por ejemplo, el BTT Eléctrico no cubre los requisitos legales mínimos exigidos en la normativa nacional (RD 614/2001). Ni siquiera se incluyen las 5 Reglas de Oro de la electricidad. Se trata de un curso más de carácter electrónico.
Al ser un tema de tal importancia, se seguirá analizando en el Grupo de Trabajo, con el objetivo de buscar soluciones que permitan que este tipo de formación vuelva a cubrir las necesidades reales del sector.


Como tercer punto, se trató la reanudación de la elaboración de la “Guía sobre ergonomía y prevención de trastornos musculoesqueléticos en el sector eólico”, iniciada en 2019, pero suspendida a causa de la pandemia. Con el objetivo de poder dar continuidad a los trabajos realizados, se ha revisado y actualizado el documento, el cual fue presentado en la reunión. Desde AEE se solicita a las empresas que compartan sus iniciativas de buenas prácticas, estudios, soluciones, equipos, dispositivos, etc., que ayuden a prevenir los trastornos musculoesqueléticos.


Por último, se presentaron varias propuestas de trabajos a desarrollar en el Grupo de Trabajo a lo largo de 2023, entre las que se encuentra el estudio de agentes químicos y la reactivación de la coordinación con servicios de emergencias.

Asociación Empresarial Eólica
Política de privacidad
Aplicación de la presente Política de Privacidad:

El presente documento regula la Política de Privacidad tanto del presente sitio web, así como de la totalidad de datos e información que pudiera manejar ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA (en lo sucesivo, "AEE") como Responsable del Tratamiento.

Por ello, para cumplir con el artículo 13 y 14 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en lo sucesivo "RGPD" o "Reglamento General de Protección de Datos"), así como el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en lo sucesivo "LOPDGDD") se ha establecido y desarrollado la presente Política de Privacidad.

Responsable del Tratamiento:

Tus datos personales son manejados por, nosotros, AEE como Responsable del Tratamiento. Te detallamos nuestros datos sociales para que te puedas poner en contacto con nosotros cuando lo desees:

  • Razón social: ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA
  • CIF: C83488163
  • Domicilio: C/ SOR ÁNGELA DE LA CRUZ, 2, PLANTA 14D – 28020 MADRID
  • Teléfono: (+34) 917 451 276
  • Correo electrónico: [email protected]

Finalidades y bases legitimadoras:

El presente apartado regula la totalidad de tratamientos llevados a cabo por AEE, en base a cada una de las finalidades, conforme a las bases legitimadoras que lo regulan, comprendido éstos en los que se enumeran a continuación:

  • Consentimiento del interesado (artículo 6.1. a) RGPD)

Usuarios página web: atender su solicitud a través del formulario de contacto.

Procesos de selección de personal: formar parte de los procesos de selección ofertados.

  • Ejecución contractual y medidas precontractuales (artículo 6.1.b) RGPD)

Socios / asociados

  1. Gestión de alta como socio/asociado de AEE.
  2. Mantenimiento y perfeccionamiento de la relación contractual pactada entre AEE y su empresa.
  3. Gestión contable y administrativa del servicio entre AEE y su empresa.
  4. Gestionar las comunicaciones electrónicas entre AEE y su empresa.

Socios / asociados potenciales

  1. Atender cualquier solicitud de información que nos hagas llegar.
  2. Hacerle llegar, en su caso, ofertas comerciales.

 

Empleados

  1. Mantenimiento y perfeccionamiento de la relación laboral pactada entre AEE y usted.
  2. Gestión contable, fiscal y administrativa de la relación laboral.
  3. Gestionar y realizar el pago de su nómina pactada contractualmente y exigidas por la legislación laboral.
  4. Gestionar comunicaciones entre AEE y su usted.
  5. Realizar el seguimiento de las acciones formativas de las que sea sujeto.
  6. Gestión de bajas por enfermedad.
  • Interés legítimo del responsable del tratamiento (artículo 6.1.f) RGPD)

Actividades comerciales: envío de información comercial a usuarios sobre productos y servicios semejantes a los previamente contratados, en vinculación con el artículo 21.2 de la LSSICE.

Videovigilancia: gestión de la seguridad de instalaciones, bienes y personas a través de mecanismos de videovigilancia.

Asimismo, se le informa que todos los datos que AEE le solicite o pudiera solicitar marcados con un asterisco (*) serán obligatorios. En el caso de que los datos obligatorios no fueran facilitados AEE no podrá prestarle el servicio contratado o atender su petición o solicitud.

En cumplimiento del artículo 4.2.a de la LOPDGDD, se garantiza que los datos de carácter personal facilitados por usted hacia AEE se considerarán exactos. Sin embargo, AEE podría solicitarle la actualización de los mismos que sobre usted pudiera conservar.

Plazo de conservación de los datos:

En virtud del artículo 5.1.e) del RGPD, los plazos de conservación de los datos variarán en función del tratamiento realizado. Por ello, desde AEE le aconsejamos leer nuestra Política de conservación de datos para su consulta, la cual la podrá solicitar en [email protected]

No obstante, pese a la existencia de estos plazos generales, le informamos que de forma periódica revisaremos nuestros sistemas para proceder a eliminar aquellos datos que no sean legalmente necesarios.

Derechos que le asisten a los interesados:

La normativa de protección de datos le reconoce los siguientes derechos:

Derecho a solicitar el acceso a sus datos personales.

Derecho a solicitar la rectificación de sus datos personales.

Derecho a solicitar la supresión de sus datos personales.

Derecho a solicitar la limitación del tratamiento.

Derecho a oponerse al tratamiento.

Derecho a la portabilidad.

Derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas.

Derecho a retirar su consentimiento.

El ejercicio de tales derechos deberá ser comunicado a ASOCIACIÓN EMPRESARIAL EÓLICA, con domicilio en C/ SOR ÁNGELA DE LA CRUZ, 2, PLANTA 14D – 28020 MADRID, o la cuenta de correo electrónico [email protected]. Adicionalmente, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Más información en el Apartado Autoridad de Control de la presente política de privacidad.

Destinatarios y transferencias internacionales de datos:

Sus datos personales podrían serán comunicados a Autoridades Públicas o gubernamentales, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, para dar cumplimiento a los requisitos legales y normativa aplicable en cada caso concreto.

A su vez, podrían ser comunicados a terceros proveedores o entidades para la prestación de algún servicio subcontratado por AEE. A este aspecto le informamos que se han firmado los correspondientes contratos de encargado del tratamiento exigidos por el artículo 28 y 29 del RGPD así como el artículo 28 de la LOPDGDD, y siempre éstos garantizando y siendo comprobado por AEE que cumplen y garantizan con medidas jurídicas, técnicas y organizativas suficientes. Le informamos que sus datos no serán comunicados a terceras personas. Ni se realizarán transferencias internacionales de datos.

Igualmente, de forma excepcional, AEE podrá conceder acceso temporal y controlado al área de administración de su sitio web a proveedores de servicios tecnológicos (por ejemplo, soporte técnico de plataformas o plugins instalados) únicamente con la finalidad de resolver incidencias técnicas específicas. Estos accesos están sujetos a estrictos criterios de seguridad, se limitan al tiempo necesario para la intervención y son eliminados una vez finalizada la asistencia. En todo caso, AEE garantiza que dichos terceros actúan como encargados del tratamiento y están sujetos a los correspondientes contratos de confidencialidad y tratamiento de datos conforme al artículo 28 del RGPD.

Procedencia de los datos personales:

Los datos de carácter personal que trata AEE proceden de usted como titular de los mismos.

A las cuales, usted previamente le ha facilitado sus datos de carácter personal y ha autorizado la comunicación de los mismos a las diversas empresas que ofrecen sus servicios a través de estas empresas.

Seguridad de los datos:

Desde AEE se han implantado medidas jurídicas, técnicas y organizativas suficientes para garantizar la protección de los datos personales. Por ello, revisamos periódicamente nuestros sistemas para evitar cualquier acceso no lícito, no autorizado, así como para evitar cualquier tipo de pérdida, destrucción accidental, divulgación ilegal o no autorizada, así como cualquier otro tipo de daño, tanto accidental como ilícito.

Autoridad de control:

Desde AEE ponemos el máximo empeño para cumplir con la normativa de protección de datos dado que es el activo más valioso para nosotros. No obstante, le informamos que en caso de que usted entienda que sus derechos se han visto menoscabados, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), sita en C/ JORGE JUAN, 6 - 28001 MADRID. Más información sobre la AEPD en su página web.